Contratación reservada en la licitación del residuo textil
La Ley 7/2022 incorpora a nuestro ordenamiento jurídico dos Directivas europeas, y entre otros aspectos, establece la obligación de nuevas recogidas separadas, de varios flujos, entre otros, para biorresiduos y residuos textiles (antes del 31-12-2024).
Así mismo, la disposición adicional decimonovena de la citada Ley, se refiere a los contratos reservados en la gestión de residuos textiles, e indica que: “los contratos de las administraciones públicas serán licitados y adjudicados de manera preferente a través de contratos reservados”, y así mismo se recoge que “para dar cumplimiento a dicha obligación, al menos el 50% del importe de adjudicación deberá ser objeto de contratación reservada a Empresas de Inserción y CEEIS autorizados para el tratamiento de residuos”.
Ello supone que las Administraciones públicas van a tener que enfrentar procedimientos de licitación a través de contratos reservados para el residuo textil. Para facilitar la labor a esas Administraciones, así como a las Entidades prestadoras de Servicios de Interés Económico General (Empresas de Inserción y CEEIS), Moda re- ha elaborado unos materiales coordinados por Santiago Lesmes, para detectar buenas prácticas, analizar el grado de aplicación de los contratos reservados en el sector y buscar fortalezas y oportunidades a la hora de licitar y adjudicar contratos reservados del residuo textil.
Además, toda la documentación se ha extraído en forma de materiales prácticos en una Caja de Herramientas para facilitar a las Empresas de Inserción a los CEEIS, y a las Administraciones Públicas la preparación de licitaciones en el sector de la recogida del residuo textil. Durante el webinar se presentarán estos materiales que ya están disponibles en esta web: https://www.residuotextil.org/