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Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética del alumbrado público en Cataluña


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Del 10 de julio al 10 de agosto los entes locales pueden solicitar las ayudas para facilitar la adaptación de las instalaciones de alumbrado público a la normativa vigente en contaminación lumínica. Las actuaciones subvencionables deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2015 y deben incluir alguna de las siguientes acciones:

  • Instalación de reguladores horarios.
  • Instalación de reguladores de flujo luminoso.
  • Sustitución de lámparas que emitan un flujo de hemisferio superior instalado superior al 1%, por otros que emitan como máximo el 1%.
  • Sustitución de lámparas de incandescencia, vapor de mercurio de alta y/o baja presión y halogenuros metálicos por lámparas de vapor de sodio de alta y/o baja presión. En el caso de los municipios situados cerca del área de influencia de las zonas de protección máxima frente a la contaminación lumínica, la sustitución será por tecnologías aún más restrictivas.

 

Pueden optar a la convocatoria de ayudas los ayuntamientos, las entidades municipales descentralizadas y los consejos comarcales titulares de instalaciones de alumbrado exterior. También lo pueden hacer los consejos comarcales que tengan encomendada la gestión y la ejecución de la actuación subvencionable. Se subvenciona como máximo del 50% del coste de la actuación, con un límite máximo de 40.000 euros por cada solicitante. En el caso de los consejos comarcales que tengan encomendada por los ayuntamientos o entidades municipales descentralizadas de su comarca la gestión y la ejecución de la actuación subvencionable, el límite máximo de 40.000 euros se fija para cada ayuntamiento o entidad municipal descentralizada de manera independiente de los otros. La presentación de solicitudes se realiza telemáticamente a través del EACAT.


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