El contrato, con una duración de diez años y un presupuesto de 147 millones de euros, avanza hacia su adjudicación definitiva tras la desestimación del recurso presentado por FCC Medio Ambiente
El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de Galicia (TACGal) ha desestimado el recurso interpuesto por FCC Medio Ambiente contra su exclusión en el procedimiento de licitación del contrato de recogida de residuos y limpieza urbana del Concello de Ourense, lo que permite reactivar el proceso tras quedar sin efecto la medida cautelar que mantenía suspendida la tramitación.
El contrato, con una vigencia de diez años y un presupuesto base de licitación de 147 millones de euros (más IVA), constituye uno de los expedientes de mayor volumen económico en el ámbito municipal gallego en materia de servicios urbanos.
El pasado 12 de enero se procedió a la apertura de las ofertas económicas presentadas por las cuatro uniones temporales de empresas (UTE) admitidas al procedimiento. La propuesta mejor valorada, tanto en el apartado técnico como en el económico, corresponde a la UTE SA de Obras y Servicios, COPASA - Setec Building SLU.
La oferta seleccionada provisionalmente plantea un importe anual de 13.839.013,55 euros (más IVA), lo que supone una baja del 6,15% respecto al presupuesto de licitación. Con la resolución del tribunal, el procedimiento entra ahora en su fase decisiva hacia la adjudicación definitiva del servicio.
FCC Medio Ambiente fue excluida del proceso por no presentar correctamente la totalidad de la documentación exigida en los pliegos. La empresa recurrió ante el TACGal al considerar que se trataba de un “error subsanable”.
Sin embargo, el tribunal subraya en su resolución que, en un procedimiento de concurrencia competitiva, “las normas esenciales de apertura de las ofertas y la propia configuración básica del proceso en diferentes fases independientes no se pueden obviar”.
El órgano de contratación considera que la pretensión de la empresa recurrente implicaría adaptar la licitación a sus intereses particulares, permitiéndole aportar de forma extemporánea la práctica totalidad de su propuesta técnica, al margen del sistema establecido.
En este sentido, el TACGal califica dicha solicitud como un intento de configurar un “procedimiento de licitación ad hoc”, ajeno a lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y en perjuicio del resto de licitadores, motivado por la falta de diligencia en la presentación de la oferta.
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