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Ciudades: principal causa del cambio climático y a la vez solución para su mitigación

La integración del cambio climático en la planificación urbana: desarrollo urbano compacto, asentamientos adecuados y resilientes, infraestructura verde, transporte público eficiente y sostenible, eficiencia energética,

Ciudades: principal causa del cambio climático y a la vez solución para su mitigación
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Terraqui


30/04/2020

Por Laia Soriano-Montagut Jené, Terraqui


 

I. CONTEXTO INTERNACIONAL, ACUERDOS, COMPROMISOS, REDES Y ALIANZAS

Según Naciones Unidas, las ciudades contribuyen y se ven afectadas por el cambio climático. Las ciudades son responsables de más del 70% de las emisiones de gases de efecto invernadero mundiales (GEI de ahora en adelante) a la vez que ocupan solo el 2% de la superficie de la tierra. Es probable que esta tendencia continúe en el futuro y la mayor parte del crecimiento de la población tendrá lugar en las ciudades. De hecho, más de la mitad de la población mundial vive en estos momentos en ciudades y las previsiones apuntan a que esta cifra aumente a más de dos terceras partes para 2030.

Al mismo tiempo, los efectos del cambio climático, como el aumento del nivel del mar y fenómenos meteorológicos extremos pueden repercutir negativamente en la infraestructura urbana y en las personas que habitan en asentamientos vulnerables y de manera más amplia en el crecimiento económico.

El cambio climático reducirá la biodiversidad y los humedales y provocará la pérdida de árboles y suelo además de producir otras consecuencias. La actividad humana, como la urbanización, la deforestación y la introducción de especies no autóctonas, ya ha afectado a los ecosistemas. Las comunidades más pobres y vulnerables dependen en su mayoría de los servicios que proporcionan los ecosistemas y probablemente serán las más afectadas por los impactos del cambio climático.

La enorme huella de carbono -índice que mide el impacto sobre el calentamiento global- creada por nuestras ciudades es el resultado de una mala planificación urbanística y diseño urbano. A nivel global, la dispersión a los suburbios con pocos medios de transporte público y hogares alejados del trabajo y de los comercios produce un aumento de coches en las carreteras emitiendo dióxido de carbono. Además, la mayoría de los edificios siguen utilizando combustibles fósiles para cubrir sus necesidades energéticas.

Así, vemos como las ciudades, si bien son la principal causa del cambio climático, también son las más afectadas. Gran parte de ellas están ubicadas cerca del agua, lo que supone un peligro por el potencial aumento del nivel del mar y las tormentas. Sin embargo, dado su destacado papel como centros de innovación y creatividad, también se espera que proporcionen respuestas. Las soluciones e innovaciones en los sectores de energía, construcción, movilidad y planificación de las ciudades tienen el potencial de reducir considerablemente las emisiones.

En este marco, en los últimos años, las ciudades han creado redes para actuar contra el cambio climático asumiendo compromisos para la reducción de las emisiones, adaptándose a los efectos del cambio climático y promoviendo iniciativas nacionales e internacionales. Entre estas cabe destacar la red de grandes ciudades del mundo C40 Cities, dirigida a reducir las emisiones de GEI, establecida en 2005 con la representación de 18 capitales, en el 2006 integrada ya por 40 ciudades (de ahí su nombre), y que actualmente cuenta con 86 ciudades (megaciudades, ciudades innovadoras y observadoras).

En la Cumbre de Acción Climática de 31 de mayo de 2019, Vía 7: Infraestructura, Ciudades y Acción Local , se apuntaron los resultados esperados en los siguientes campos: neutralidad de carbono para 2050 – compromisos de entidades subnacionales (ciudades y estados), descarbonización del sector de transportes terrestres; edificios resilientes y sin carbono; financiación descentralizada y resiliencia climática para los habitantes que habitan en asentamientos más vulnerables. De los distintos campos, se destaca el relativo a la financiación descentralizada, en el que se puso de manifiesto que durante los próximos 15 años, las naciones necesitarán invertir 93 billones de dólares para construir infraestructura de baja emisión y resistente al clima para cumplir con los objetivos establecidos en el Acuerdo de París. El informe del CCFLA State of City Climate Finance (2015) estima que más del 70% de esta infraestructura se construirá en zonas urbanas, a un costo de 4,5 billones a 5,4 billones de dólares por año. Estos proyectos de infraestructura no sólo podrían ayudar a abordar el cambio climático, sino que también apoyarían un sinfín de objetivos adicionales de desarrollo sostenible. A tal efecto se espera crear las condiciones para el desarrollo de proyectos financiables coherentes a escala, mejorar las opciones de financiación y el enfoque para las ciudades y los gobiernos subnacionales y sus proyectos; mejorar las condiciones marco nacionales para incentivar los proyectos respetuosos con el clima a nivel local; y fortalecer la arquitectura mundial para la financiación subnacional del clima y su seguimiento.

En cuanto a la resiliencia climática para los habitantes establecidas en asentamientos más vulnerables, se puso de relieve que 1 de cada 7 personas de la población mundial, esto es, cerca de 1.000 millones de personas, viven en barrios marginales y asentamientos informales. Ayudar a los asentamientos informales a aumentar su resiliencia al clima representa sólo una pequeña parte de los recursos que se canalizan hacia las actividades climáticas. En este sentido, se estableció como objetivo identificar compromisos claros y tangibles (con objetivos y plazos) para mitigar los impactos y mejorar la resiliencia al cambio climático para el 100% de los habitantes urbanos más vulnerables para el año 2030. El resultado que se espera es identificar los asentamientos informales «hotspot» donde las vulnerabilidades socioeconómicas subyacentes se ven exacerbadas por la creciente exposición a los impactos del cambio climático. También fortalecer la capacidad de adaptación de las comunidades mediante el fortalecimiento de las organizaciones de base y no gubernamentales, modificar las prácticas de planificación urbana, el establecimiento de vínculos con las políticas nacionales y el fomento de la capacidad mundial para asegurar y mejorar los asentamientos improvisados y proteger a los pobres de las zonas urbanas de los riesgos relacionados con el clima.

Asimismo, de los diversos acuerdos para combatir el cambio climático y acelerar e intensificar las acciones e inversiones necesarias para un futuro sostenible con bajas emisiones de carbono, el más relevante es el adoptado en la Conferencia de París sobre el Clima (COP21), celebrada en diciembre de 2015, en el que 195 países firmaron el primer acuerdo vinculante mundial sobre el clima. De esta manera, el Acuerdo de París  establece un plan de acción mundial que pone el límite del calentamiento global muy por debajo de 2 ºC. En concreto, los Gobiernos acordaron:

  • El objetivo a largo plazo de mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 °Csobre los niveles preindustriales.
  • Limitar el aumento a 1,5 °C, lo que reducirá considerablemente los riesgos y el impacto del cambio climático.
  • Que las emisiones globales alcancen su nivel máximo cuanto antes, si bien reconocen que en los países en desarrollo el proceso será más largo.
  • Aplicar después rápidas reduccionesbasadas en los mejores criterios científicos disponibles.

Antes y durante la conferencia de París, los países presentaron sus planes generales nacionales de acción contra el cambio climático (CPDN). Asimismo, a pesar de que los planes no son suficientes para mantener el calentamiento global por debajo de 2 °C, el Acuerdo marca el camino para llegar a esa meta.

Por otra parte, caben destacar estos otros grandes acuerdos internacionales:

  • La Agenda 2030 de ONU para el desarrollo sostenible, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 25 de septiembre de 2015, como un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia. Entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible se encuentra el de adoptar medidas urgentes contra el cambio climático. La III Conferencia de las Naciones Unidas sobre vivienda y desarrollo urbano sostenible, conocida como Hábitat III, octubre de 2016 , la cual adoptó la Nueva Agenda Urbana, es decir, un documento orientado a la acción que establecería los estándares globales del desarrollo urbano sostenible, replanteando la forma en que construimos, gestionamos y vivimos en las ciudades, a través de unos compromisos compartidos con los actores urbanos más relevantes y con todos los niveles de gobierno, sociedad civil y sector privado.

De hecho, varios de las distintos componentes para revertir los efectos del cambio climático en las ciudades tales como la compacidad, densidad, mixticidad de usos, apropiación del espacio público, energías renovables, etc. han sido expresados por figuras tales como Joan Clos, en el año 2014, cuando era Director Ejecutivo de ONU-Hábitat, al mencionar que “aunque existen diversas políticas para reducir las emisiones de las ciudades, un planteamiento fundamental radica en promover el desarrollo urbano compacto”. Una ciudad más compacta realiza inversiones en infraestructuras de transporte público más viables. El crecimiento urbano descontrolado también invade las zonas verdes de su entorno que actúan como sumideros de carbono. Asimismo, la urbanista y activista social Jane Jacobs y su famosa obra “Muerte y vida de las grandes ciudades” (1961), apostaba ya entonces por la ciudad multifuncional, compacta y densa donde la calle, el barrio y la comunidad eran vitales en la cultura urbana y para humanizar la ciudad y fomentar la calidad de vidaPor otro lado, Andrew Steer, presidente y CEO del World Resources Institute, durante su discurso titulado «cómo prosperar y proteger a la comunidad global» en la cuarta conferencia sobre medio ambiente de Asia, en diciembre de 2016 en Singapur, abogaba por cambios disruptivos en las principales áreas de la vida económica, el uso de las energías renovables, ciudades más inteligentes, tecnología transformadora, aceleración del proceso al cambio y la necesidad de políticos audaces para realizarlo.

II. MEDIDAS PARA LA MITIGACIÓN Y LA ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL PLANEAMIENTO URBANO.

A escala local:

Pues bien, en este contexto internacional y con el fin de materializar dichos acuerdos, diversas ciudades comprometidas han llevado a cabo varias iniciativas al respecto. Entre estas destaca el Plan Clima 2018-2030 del Ayuntamiento de Barcelona, el cual tiene una visión integradora de las medidas para hacer frente al cambio climático, y pretende lograr los objetivos del nuevo Pacto de Alcaldes y Alcaldesas por el Clima y la Energía Sostenible Los objetivos del Compromiso de Barcelona por el Clima para el 2030 son los siguientes:

  • En cuanto a la mitigación, reducir el 40 % de las emisiones de CO2 equivalente per cápita respecto a los valores del 2005.
  • En cuanto a la adaptación, incrementar el verde urbano en 1,6 km2 (es decir, 1 m2 por cada habitante actual).

El Plan compila las estrategias y acciones ya existentes y planifica otras nuevas con el fin de alcanzar estos objetivos, a la vez que da respuesta al compromiso que la ciudad ha adquirido con la firma del Pacto de alcaldes y alcaldesas por el clima y la energía (2017). Este Plan gira en torno a 4 ejes:

  • Se centra en las personas, porque afecta directamente a la salud y la calidad de vida de la ciudadanía.
  • Busca transformar la ciudad de una manera integral para hacer frente a los riesgos y convertirlos en oportunidades.
  • Acelera la eficiencia, la rehabilitación y la implantación de energías renovables para adaptarnos mejor.
  • Se afronta desde la ciudadanía, con un proceso de coproducción.

Asimismo, el Plan Clima trabaja cuatro grandes aspectos:

  • Mitigación: ¿qué haremos para reducir las emisiones?.
  • Adaptación y resiliencia: ¿cómo nos preparamos para ser menos vulnerables al cambio climático?.
  • Justicia climática: ¿qué hacemos para garantizar los derechos de los más vulnerables?.
  • Impulso a la acción ciudadana: ¿cómo apoyamos los proyectos de las organizaciones y la ciudadanía?.

En este marco, la 6ª línea de acción del Plan, se refiere a la planificación en clave climática, esto es, en la incorporación de la variable climática en la planificación urbanística (incluido también el efecto isla de calor) y de criterios de resiliencia y sostenibilidad al proceso urbanístico. A tal efecto, se entiende por proceso urbanístico el que se origina en la planificación, continúa con la gestión urbanística y con la ejecución del planeamiento (edificaciones y espacio público) y finaliza en el mantenimiento de los espacios. Aunque se han impulsado proyectos que, en un grado diverso, integran una perspectiva socioambiental y aunque hay muchas acciones sectoriales emprendidas, todavía es necesaria una visión holística, sistematizada e integral.

Es muy relevante el hecho de que, mientras se redacta el Plan Clima, también se esté redactando el Plan director urbanístico metropolitano. Hay que tener presente que la redacción de este nuevo marco de planificación y ordenación urbanística es una oportunidad muy importante para introducir criterios de resiliencia y sostenibilidad. Asimismo, el proyecto de las supermanzanas se convierte en una oportunidad para sacar coches y, por tanto, reducir emisiones de GEI y ganar espacio para poner más verde (adaptación).

Esta línea de acción contiene 9 acciones a impulsar a corto plazo 2018-2020:

  1. Adaptar las normas urbanísticas vigentes necesarias para que contribuyan a alcanzar los objetivos de mitigación y adaptación al cambio climático (2020).
  2. Elaborar una guía de diseño e incorporar criterios de sostenibilidad y resiliencia (basada en los talleres de urbanismo sostenible) a medida para arquitectos, ingenieros, etcétera, y también para actores clave como centros de investigación o universidades (2020).
  3. Redactar la Carta del verde y de la biodiversidad, con el objetivo de disponer de un instrumento que recoja los criterios técnicos, ambientales y de diseño que hay que tener en cuenta a la hora de proyectar los espacios verdes y el arbolado urbano, con el espíritu de conservar y potenciar la biodiversidad vegetal y animal de la ciudad. Debe reunir, en un mismo documento, los aspectos técnicos que tiene que cumplir un proyecto de zona verde o una plantación de arbolado vial: calidad de las tierras, volumen de suelo, distancias de plantación, distancias entre árboles y farolas y otro mobiliario urbano, etcétera. También tiene que determinar la selección de las especies más indicadas (según los recursos necesarios, la producción de alergógenos y que eviten plagas y enfermedades de las plantas) y las recomendaciones para obtener más servicios (2020).
  4. Analizar cómo el cambio climático afecta específicamente a cada distrito para identificar posibles riesgos y vulnerabilidades (calor, presencia de personas vulnerables al cambio climático, edificios en mal estado, falta de verde, etcétera) y definir actuaciones específicas para dar respuesta, en colaboración con planes existentes y sus actualizaciones, como el Plan de barrios o el Plan del verde y de la biodiversidad de Barcelona (2020).
  5. Localizar y caracterizar las zonas con riesgo (por calor extremo, riesgo de inundación, cortes de electricidad, disponibilidad de agua, etcétera) (2020).
  6. Influir en los instrumentos de planeamiento superior, como el Plan director urbanístico (PDU) y la legislación urbanística (Ley de urbanismo) para incorporar determinaciones urbanísticas que aseguren la presencia real de verde de calidad, como los corredores verdes, las reservas de espacio para asegurar la infiltración de agua en el subsuelo, la protección de las zonas por riesgo climático o el uso agrícola a escala metropolitana (2025).
  7. Caracterizar los tejidos urbanos de acuerdo con los riesgos que les afectan y establecer correlaciones con las claves urbanísticas existentes, para poder incorporar medidas correctoras en revisiones de planeamiento (2025).
  8. Reservar espacio suficiente en el suelo y el subsuelo para facilitar la prestación de los servicios climáticos necesarios (aumento de la infiltración de agua, mejora de la calidad del suelo para permitir un buen crecimiento de la vegetación, etcétera) (2025).
  9. Repensar y adaptar criterios en los protocolos de proyectos y obras y en las prescripciones técnicas del espacio urbano para dotarlos de una visión más transversal y garantizar el cumplimiento de estos criterios de sostenibilidad y resiliencia en proyectos de transformación urbana (2025).

Del Plan Clima también cabe mencionar la 7ª línea de acción, referente a “mucho más verde” y pretende conseguir 1,6 km2 más de verde y preservar las especies vulnerables al cambio climático.

Por otro lado, cabe reseñar la experiencia de la ciudad de París, donde el Ayuntamiento elaboró su primer Plan de Acción sobre el Clima (2007), el cual se ha revisado posteriormente. Las principales acciones de esta versión actualizada son mejorar la eficiencia energética de los edificios y viviendas, promover las ecoindustrias y la innovación, desarrollar la movilidad suave y mejorar el transporte público para mejorar la calidad del aire, aumentar la alimentación sostenible y reducir los residuos; y no menos importante, adaptar la ciudad contra el cambio climático y la escasez de recursos.

A escala autonómica:

En Cataluñala Subdirección General de Evaluación Ambiental y la Oficina Catalana de Cambio Climático de la Generalitat de Catalunya lleva trabajando desde el año 2007 en la incorporación de los aspectos de cambio climático en la evaluación ambiental estratégica de planes y programas. Durante el periodo 2007-2016, la Oficina evaluó unos setenta planes sectoriales y un centenar de planes urbanísticos, de los cuales se ha solicitado que informen del impacto sobre las emisiones de CO2 y se han introducido recomendaciones explícitas sobre las propuestas urbanísticas en el ámbito de la adaptación de los territorios más vulnerables. Con la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la consideración de la mitigación y la adaptación al cambio climático en la evaluación ambiental estratégica de planes y programas se convirtió en un mandato legal, rubricado con la Ley 16/2017, de 1 de agosto, de cambio climático de Cataluña. En el siguiente enlace puede accederse a las herramientas de cálculo de emisiones de CO2 del planeamiento urbanístico general y derivado de la Generalitat de Cataluña. Vean en este enlace el análisis de Terraqui de la ley.

A escala estatal:

A escala estatalel año 2015 la Red Española de Ciudades por el Clima, la Sección de la Federación Española de Municipios y Provincias, con la colaboración de la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente elaboraron la Guía metodológica referente a las Medidas para la mitigación y la adaptación al cambio climático en el planeamiento urbano de 2015. Según el documento, las causas principales de cambio climático a combatir mediante medidas de mitigación son, en primer lugar, la emisión de GEI, en segundo lugar, la antropización del suelo y, en tercer lugar, la destrucción de ecosistemas terrestres y acuáticos, así como la pérdida de biodiversidad. Asimismo, la guía establece cuatro medidas marco:

  1. Análisis de riesgos e impactos: analizar y cartografiar los riesgos e impactos del cambio climático en el municipio a partir de los datos y estudios sectoriales (regionales, autonómicos) de que se disponga y, en la medida de los recursos disponibles, mediante la realización de estudios específicos a partir de los escenarios más actualizados de cambio climático para el entorno. Para ello, habrá que usar como referencia para el seguimiento los sistemas de indicadores ambientales existentes y, en la medida de lo posible, desarrollar indicadores adaptados a la localidad que permitan un seguimiento más detallado.
  2. Planeamiento, ordenación, normativa, gestión: elaborar planes locales de adaptación y mitigación al cambio climático basados en las condiciones específicas e incorporar las medidas de lucha contra el cambio climático en los instrumentos de planificación urbana y en las ordenanzas y normativas municipales.
  3. Comunicación y concienciación: fomentar la toma de conciencia ciudadana sobre los problemas del cambio climático mediante la realización de actividades y campañas de comunicación y formación asociadas a los procesos de planificación ambiental y urbanística.
  4. Participación ciudadana: fomentar la participación ciudadana en los planes locales de lucha contra el cambio climático y en los procesos de planificación urbanística y facilitar la incorporación de las iniciativas ciudadanas existentes en relación con el urbanismo y cambio climático a los planes e intervenciones ambientales y urbanísticas en marcha.

Estas medidas macro van acompañadas de directrices específicas básicas para la mitigación y adaptación al cambio climático, en relación con las áreas temáticas de la planificación urbanística, tal y como seguidamente se detallan:

I/ Respecto el CONTEXTO TERRITORIAL: reducir la huella urbana en el territorio para proteger los ecosistemas del entorno:

Relación con los ecosistemas del entorno: proteger y custodiar los ecosistemas naturales del entorno de los pueblos y ciudades, asegurando el mantenimiento de sus servicios ecosistémicos: establecer, a través del planeamiento urbano municipal, un alto grado de protección para las zonas naturales, agrícolas, verdes, etc., especialmente las más arboladas, para preservar la capacidad de sumidero de carbono de los ecosistemas naturales. En este sentido, se destacan las medidas específicas siguientes:

  1. Establecer corredores ecológicos que comuniquen las zonas verdes ya existentes en la ciudad con los nuevos espacios naturales periurbanos. Identificación de aquellos ecosistemas que puedan actuar como parques metropolitanos naturales y sostenibles, análisis de su capacidad de carga y vías de conexión con las redes verdes urbanas tanto desde el punto de vista ecológico como de acceso a las mismas.
  2. Analizar los ecosistemas existentes en la ciudad susceptibles de suministrar servicios que eviten el uso de infraestructura gris. En particular, aquellos terrenos que puedan actuar como embalses de absorción de las puntas de precipitación.
  3. Conservar y aumentar la superficie del término municipal con capacidad de retención de CO2, introduciendo gradualmente especies vegetales adaptadas al clima y las condiciones locales, de elevado valor ecológico, alta capacidad de detención de CO2 y reducidas necesidades de mantenimiento. Considerar el potencial como sumideros de CO2 de los suelos no urbanizables, teniendo en cuenta su cubierta vegetal presente y previsible durante la vigencia del nuevo planeamiento.
  4. Monitorizar la capacidad como sumideros de los suelos no urbanizables durante el periodo de vigencia del Plan General vigente.
  5. Realización de campañas de reforestación de zonas degradadas para mitigar los efectos del cambio climático
  6. Establecer una ordenación urbana en los nuevos desarrollos acorde con las características de su entorno, favoreciendo la reducción del consumo de recursos (suelo, energía, agua, etc.)
  7. Evitar o minimizar cualquier tipo de actuación conducente a la desestabilización de la línea de la costa para evitar agravar los efectos del cambio climático. Favorecer actuaciones conducentes a la estabilización de playas, y dunas; rehabilitación del transporte de sedimentos en zonas de erosión, etc.

El concepto de infraestructura verde se introduciría en esta directriz (consultar artículo del blog Terraqui: “Infraestructura verde: elemento clave de las estrategias de planificación urbanas y territoriales” ). A tal efecto desde los últimos años han habido distintas iniciativas al respecto, como en Andalucía (Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica, una estrategia de infraestructura verde), o en el País Vasco (Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco)

II/ Respecto a la MORFOLOGÍA y a la LOCALIZACIÓN DE USOS: fomentar la multifuncionalidad, la densidad y la compacidad para reducir el consumo de suelo, optimizar el uso de los recursos y fomentar la vitalidad urbana.

  1. Pautas de ocupación del suelo: minimizar la antropización del suelo promoviendo un crecimiento urbano adecuado a las necesidades de la población y limitando el aumento innecesario de la ocupación del suelo.
  2. Distribución espacial de usos urbanos: fomentar la multifuncionalidad, la diversidad y la mezcla de usos urbanos: crear entornos urbanos diversificados y complejos en los que la mezcla de actividades (residencial, servicios públicos y privados, etc.) incremente la eficiencia energética global y disminuya el consumo de recursos.
  3. Densidad urbana: fomentar la densidad y la compacidad y evitar la dispersión urbana: proponer estructuras urbanas compactas mediante la definición de umbrales de densidad, para minimizar así́ el consumo de suelo, reducir las emisiones asociadas al transporte y hacer viables y optimizar los equipamientos, el transporte público y un cierto nivel de actividades económicas de proximidad (comercio, actividades productivas).

III/ Respecto al METABOLISMO URBANO: integrar el metabolismo urbano como uno de los temas prioritarios en el planeamiento urbanístico, estableciendo medidas para que las funciones urbanas puedan realizarse satisfactoriamente con el menor consumo de recursos materiales, agua y energía, con la menor producción de residuos posible y tendiendo a cerrar localmente los ciclos, mediante las siguientes actuaciones:

  1. Energía: maximizar su aprovechamiento y de los recursos materiales para reducir el consumo energético en los pueblos y ciudades y controlar las emisiones de gases de efecto invernadero, fomentando el uso de las energías renovables.
  2. Agua: reducir y optimizar su uso en los pueblos y ciudades, adecuando usos a calidades. Los instrumentos del planeamiento urbanístico deberán disponer un nivel mínimo de autosuficiencia hídrica, combinando el ahorro y la eficiencia con la reutilización del agua.
  3. Materiales, residuos y emisiones: fomentar el uso eficiente de los materiales, promover el uso de materiales ecológicos atendiendo a todo su ciclo de vida y fomentar la reducción, la reutilización y el reciclaje de los residuos en los pueblos y ciudades con el fin de reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero.

IV/ MOVILIDAD URBANA: fomentar las políticas de proximidad a través del planeamiento y promover los modos activos y colectivos de desplazamiento para reducir el uso del transporte motorizado individual:

  1. Movilidad y accesibilidad: reducir las necesidades de movilidad, fomentando las estrategias de proximidad entre usos y actividades y los modos de movilidad no motorizados y el transporte público como vectores principales de la estructura urbana, templando o restringiendo además selectivamente el tráfico en vehículo privado en determinadas zonas (cascos, zonas residenciales, etc.).

IV/ CONTEXTO URBANO: fomentar la eficiencia y la calidad del tejido urbano, promoviendo la regeneración y el reciclaje de lo existente e incrementando las condiciones de habitabilidad y confort de la edificación y el espacio público de forma conjunta mediante el recurso a criterios bioclimáticos de diseño e intervención y mediante la inserción de la naturaleza en la ciudad:

  1. Regeneración urbana: fomentar la regeneración del tejido urbano existente: mantener y mejorar la vitalidad urbana y la calidad de vida de los residentes en los tejidos consolidados, priorizando las operaciones de recualificación, revitalización, rehabilitación y reciclaje en la ciudad consolidada.
  2. Edificación y forma urbana: adaptar la edificación existente y nueva a los criterios bioclimáticos y de habitabilidad: diseñar y adaptar la morfología urbana, las tipologías edificatorias y el diseño de los espacios exteriores en función de las condiciones bioclimáticas locales mediante una ordenación pormenorizada que tenga en cuenta especialmente aspectos como la orientación, las posibilidades de aprovechamiento de la radiación solar y el sombreamiento, la distribución interior, la iluminación y la ventilación naturales así como el aislamiento térmico.
  3. Espacio público: establecer el espacio público como el eje del desarrollo de la ciudad, abandonando la concepción de que la ciudad debe desarrollarse en torno a sus redes viarias, y adaptando los espacios urbanos existentes y de nueva creación a los criterios bioclimáticos y de habitabilidad.
  4. Verde urbano: incrementar la biodiversidad y la capacidad de regulación climática y de sumidero de carbono del verde urbano en los pueblos y ciudades, creando una red de parques, huertos urbanos y zonas verdes conectada con el entorno periurbano y rural a través de corredores ecológicos, e insertando el verde urbano en el tejido edificado a través de patios, fachadas y cubiertas verdes. Seguidamente se detallan las medidas específicas referentes al verde urbano:
  • Establecer corredores ecológicos que comuniquen las zonas verdes ya existentes en la ciudad con los espacios naturales periurbanos. Identificación de aquellos ecosistemas que puedan actuar como parques metropolitanos naturales y sostenibles, análisis de su capacidad de carga y vías de conexión con las redes verdes urbanas tanto desde el punto de vista ecológico como de acceso a las mismas.
  • Fomentar la agricultura urbana y periurbana productiva insertándola en la red de espacios verdes urbanos, formando infraestructuras verdes interconectadas, con el fin de incrementar la biodiversidad y el potencial de sumidero de CO2 del espacio urbano y de contribuir a la autonomía alimentaria, reduciendo los gastos energéticos asociados a su transporte, siempre que se atienda a las condiciones higiénicas y sanitarias de los mismos.
  • Localizar las reservas de zonas verdes estableciendo en el planeamiento las condiciones adecuadas de uso que favorezcan la interconexión y la accesibilidad.
  • Promover una gestión basada en una información precisa y actualizada sobre las características de cada espacio libre (superficie, tipo de vegetación y número de pies, tipo de pavimentación y proporción de impermeabilización, estado de mantenimiento tanto de la urbanización «dura» como de la vegetación…), preferiblemente en un inventario a escala municipal. Sería aconsejable que todos los municipios adoptaran un modelo unificado de inventario que pueda contribuir a orientar programas públicos de ayudas a los municipios en este sentido.
  • Introducir criterios bioclimáticos y de calidad ambiental (confort térmico, ruido, contaminación, etc.) en el diseño de las zonas verdes y los espacios públicos, creando microclimas en el entorno de la edificación a través de medidas como la plantación de vegetación, la permeabilización del suelo, la instalación de masas de agua, etc. De este modo se incrementa la biodiversidad del espacio urbano mediante su naturalización y se consiguen microclimas menos extremos, incrementando el confort en el espacio público, y optimizando así́ su uso peatonal no motorizado (reduciendo por tanto los gastos energéticos asociados a la movilidad) y reduciendo además la necesidad global de refrigeración mecánica en el entorno urbano (las condiciones climáticas de los espacios interiores dependen de las exteriores).
  • Incrementar las zonas verdes existentes en el municipio y aumentar la densidad de arbolado en las vías públicas. Establecer la adecuada reserva de espacios y zonas verdes en el planeamiento urbanístico. Establecer una dotación vegetal mínima basada en las distancias a pie a las zonas verdes de proximidad (parques de bolsillo, plazas arboladas, etc.), y en la interconexión tanto entre ellas como con los parques urbanos centrales y con los ecosistemas del entorno urbano, formando una red de corredores verdes ligada a la biorregión.
  • Establecer criterios que permitan un carácter multifuncional y polivalente de las zonas verdes y los espacios públicos.
  • Insertar el verde urbano en la propia edificación a través de patios, fachadas y cubiertas verdes.
  • Emplear, siempre que sea posible, y al margen de sus cualidades funcionales (densidad de sombra, porte, etc.) las especies locales adaptadas al clima del lugar y que, además, sean resistentes al agresivo entorno urbano, y de alta capacidad de retención de CO2. Establecer criterios para la adaptación de las zonas verdes al medio natural existente (topografía, arbolado, etc.).
  • Limitar la superficie urbana impermeable, maximizando las superficies permeables respecto de las impermeabilizadas. Garantizar un bajo impacto ambiental en la ejecución material de la urbanización, evitando el sellado masivo y la impermeabilización del suelo, con objeto de interferir el mínimo posible en el ciclo natural del agua. También se puede contribuir a alcanzar este objetivo manteniendo el terreno natural con los acondicionamientos que sean necesarios en la pavimentación de las zonas impermeables.
  • Conservar y aumentar la superficie del término municipal con capacidad de retención de CO2, introduciendo gradualmente especies vegetales adaptadas al clima y las condiciones locales, de elevado valor ecológico, alta capacidad de retención de CO2 y reducidas necesidades de mantenimiento. Considerar el potencial como sumideros de CO2 de los suelos no urbanizables, teniendo en cuenta su cubierta vegetal presente y previsible durante la vigencia del nuevo planeamiento.
  • Monitorizar la capacidad como sumideros de los suelos no urbanizables durante el periodo de vigencia del Plan General vigente, considerando el potencial como sumideros de CO2 de los espacios libres, con independencia de su inclusión o no en mercados de emisiones.
  • Utilizar sistemas bioclimáticos para la creación de microclimas de calidad ambiental en el entorno de la edificación, contando con la vegetación y el uso de masas de agua como medios de regulación térmica, contribuyendo así́ a reducir los costes económicos y energéticos y los niveles de ruido que conlleva la ventilación mecánica.
  • Incrementar el arbolado de calle adecuado a las condiciones y previsiones climáticas locales que habrán de estudiarse cuidadosamente en cada caso, ya que no se pueden dar pautas generales ante la diversidad de climas y condiciones de suelo de los distintos municipios que componen nuestro país.

El resto de medidas específicas que no se han detallado pueden consultarse en la Guía.

III. LEGISLACIÓN APROBADA EN MATERIA DE CAMBIO CLIMÁTICO

El artículo 27 de la Ley catalana 16/2017, de 1 de agosto, de cambio climático de Cataluña regulador del urbanismo y la vivienda, establece que las medidas que se adopten en materia de urbanismo y vivienda deben ir encaminadas a un cambio de modelo urbanístico que priorice la rehabilitación del parque de viviendas y los edificios de consumo energético casi nulo y a reducir la vulnerabilidad y las emisiones de gases de efecto invernadero. En concreto, estas medidas deben ir encaminadas a:

  • La adaptación de la normativa urbanística y energética para que las nuevas áreas residenciales sean lo máximo de autosuficientes energéticamente y se diseñen de acuerdo con la siguiente jerarquía de criterios: reducir la demanda energética, ser eficientes en el diseño de los sistemas que cubren la demanda energética, aprovechar los recursos energéticos locales, promover el uso de materiales de construcción de bajo impacto ambiental y compensar las emisiones de dióxido de carbono derivado del impacto energético de los edificios con parques de generación a partir de fuentes renovables.
  • El fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables en el sector de la edificación, priorizando las que no generan un trasvase hacia otros contaminantes con impactos locales.
  • La adaptación de la normativa urbanística y ambiental para que tanto las figuras de nuevos planeamientos urbanísticos y sus modificaciones y revisiones como el planeamiento territorial incorporen un análisis cuantitativo y una valoración descriptiva del impacto sobre las emisiones de gases de efecto invernadero y los impactos del cambio climático sobre el nuevo planeamiento, así como medidas para mitigarlo y adaptarse a él. Este análisis debe incluir las emisiones vinculadas a la movilidad generada, los consumos energéticos del ciclo del agua y de los residuos, y los consumos energéticos de los usos residenciales y terciarios.

Asimismo, el artículo determina que el Gobierno y las administraciones locales deben promover:

  • El uso, por parte de los profesionales del diseño, proyección y construcción de zonas residenciales, de fuentes de energía renovable para la calefacción, la refrigeración y el agua caliente sanitaria, y de soluciones constructivas, tanto estructurales como de cierres altamente eficientes energéticamente.
  • La construcción con criterios bioclimáticos con el objetivo de que en 2020 los nuevos edificios construidos sean de consumo energético casi nulo.
  • El impulso de políticas activas que fomenten la rehabilitación energética del parque de viviendas y la mejora del ahorro y la eficiencia energéticos. La Estrategia catalana para la renovación energética de los edificios debe priorizar la accesibilidad y la eficiencia energética de edificios y viviendas con aprovechamiento de energía renovable, y debe cubrir la necesidad de actuación sobre un mínimo de cincuenta mil viviendas anuales.
  • La toma en consideración, por parte de los municipios, en su planeamiento urbanístico, de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre la superficie de verde urbano por habitante.
  • La reserva de puntos de carga de vehículos eléctricos en los centros de trabajo y edificios públicos.
  • El desarrollo de modelos compactos de ocupación del territorio y unos usos más eficientes e intensivos de los terrenos urbanizados en los ordenamientos territorial y urbanístico.
  • La garantía, en los nuevos desarrollos urbanísticos, de la provisión energética con fuentes de energía cien por cien renovables, ya sea por conexión a la red de consumo ya sea facilitando el autoconsumo o, si procede, construyendo redes cerradas.

De esta manera, pues, la Ley catalana de cambio climático obliga a integrar la vertiente del cambio climático en la planificación urbanística y territorial, en concreto el análisis cuantitativo y una valoración descriptiva del impacto sobre las emisiones de gases de efecto invernadero y los impactos del cambio climático sobre el nuevo planeamiento, así como medidas para mitigarlo y adaptarse a él. Este análisis debe incluir las emisiones vinculadas a la movilidad generada, los consumos energéticos del ciclo del agua y de los residuos, y los consumos energéticos de los usos residenciales y terciarios. En consecuencia, en el caso que los planes urbanísticos o territoriales no integren la vertiente de cambio climático en los términos expresados, estos pueden ser objeto de impugnación judicial.

Esta exigencia también se ha plasmado en otras leyes autonómicas reguladoras del cambio climático como en el caso de Andalucía y de las Islas Baleares. En el caso de Andalucía el artículo 15 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo energético en Andalucía, dispone la obligación de elaborar planes municipales contra el cambio climático con el siguiente contenido:

Los municipios andaluces elaborarán y aprobarán planes municipales contra el cambio climático, en el ámbito de las competencias propias que les atribuye el artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 junio, de Autonomía Local de Andalucía, y en el marco de las determinaciones del Plan Andaluz de Acción por el Clima.

Los planes municipales recaerán sobre las áreas estratégicas en materia de mitigación de emisiones y adaptación establecidas en la presente ley y tendrán al menos el siguiente contenido:

  • Análisis y evaluación de las emisiones de gases de efecto invernadero del municipio y, en particular, de las infraestructuras, equipamientos y servicios municipales.
  • Identificación y caracterización de los elementos vulnerables y de los impactos del cambio climático sobre el territorio municipal, basado en el análisis de los Escenarios Climáticos regionales, incluyendo el análisis de eventos meteorológicos extremos.
  • Objetivos y estrategias para la mitigación y adaptación al cambio climático e impulso de la transición energética.
  • Actuaciones para la reducción de emisiones, considerando particularmente las de mayor potencial de mejora de la calidad del aire en el medio urbano, en el marco de las determinaciones del Plan Andaluz de Acción por el Clima.
  • Actuaciones que permitan incorporar las medidas de adaptación al cambio climático e impulso de la transición energética en los instrumentos de planificación y programación municipal, especialmente en el planeamiento urbanístico general.
  • Actuaciones para la sensibilización y formación en materia de cambio climático y transición energética a nivel local, con incorporación de los principios de igualdad de género.
  • Actuaciones para la sustitución progresiva del consumo municipal de energías de origen fósil por energías renovables producidas in situ.
  • Actuaciones en materia de construcción y rehabilitación energética de las edificaciones municipales al objeto de alcanzar los objetivos de eficiencia y ahorro energético establecidos en el plan municipal.
  • Medidas para impulsar la transición energética en el seno de los planes de movilidad urbana.
  • Actuaciones para optimizar el alumbrado público, de tal suerte que, de acuerdo con la legislación aplicable, se minimice el consumo eléctrico, se garantice la máxima eficiencia energética y se reduzca la contaminación lumínica en función de la mejor tecnología disponible.

Enlace al análisis de Terraqui de la norma andaluza.

Asimismo, la Ley de 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética de las Islas Baleares regula en su artículo 22 los planes de acción municipales para el clima y la energía sostenible, disponiendo lo siguiente:

  • Los municipios de las Illes Balears aprobarán planes de acción para el clima y la energía sostenible, de acuerdo con la metodología adoptada en el ámbito de la Unión Europea.
  • Estos planes deberán ser coherentes con el Plan de Transición Energética y Cambio Climático.
  • Los municipios de población inferior a 20.000 habitantes podrán aprobar los planes de forma mancomunada o individual.
  • Estos planes tendrán el siguiente contenido mínimo:

a) El análisis y la evaluación de emisiones de gases de efecto invernadero.

b) La identificación y la caracterización de los elementos vulnerables.

c) Los objetivos y las estrategias para la mitigación y la adaptación al cambio climático, que incluya las posibles modificaciones adecuadas del planeamiento urbanístico y las ordenanzas municipales

d) Las acciones de sensibilización y formación.

e) Las reglas para la evaluación y seguimiento del Plan.

Enlace al análisis de Terraqui de la norma de las Islas Baleares.

Por otro lado, Euskadi ha elaborado distintos documentos tales como la adaptación al cambio climático en los instrumentos de ordenación del territorio en el marco de la revisión de las Directrices de Ordenación Territorial, la Guía para la elaboración de planes de adaptación al cambio climático para organizacionesla evaluación de la vulnerabilidad y riesgo de los municipios vascos ante el cambio climático ; entre otros.

A nivel estatal se está tramitando la Ley de Cambio Climático y Transición EnergéticaFrancia aprobó el año 2015 la Ley francesa de Transición Energética para el crecimiento verdeInglaterra ya anteriormente aprobó la Climate Change Act 2008.

En Europa, el pasado 4 de marzo de 2020 se ha presentado a la Comisión Europea el borrador de la Ley Europea del Clima.

En Estados Unidos, el estado de Nueva York recientemente aprobó su ley de protección del clima y el liderazgo climático.

CONCLUSIÓN

Tras el análisis del contexto internacional, de los acuerdos y compromisos adoptados en materia de cambio climático, y, en concreto, del contenido de las leyes específicas aprobadas en esta materia y su vinculación en el ámbito de la planificación urbanística, territorial y sectorial, queda constatada la obligación de incorporar la vertiente del cambio climático en los planes urbanísticos, territoriales y sectoriales.  Así, pues, no solamente es una imposición legal, sino que además es una “obligación moral”, de la cual no podemos huir.

Por consiguiente, esta previsión legal plasmada en las leyes referenciadas y desarrollada en guías, planes y metodologías, permite la posibilidad de impugnar dichos instrumentos urbanísticos, territoriales y sectoriales en sede judicial, en el caso de que se omitan o sean incompletas las determinaciones previstas en la legislación sectorial y metodologías que acompañan las normas de cambio climático. En consecuencia, de lograr la  nulidad del plan en cuestión.

Tal como pronunció Andrew Steer, presidente del World Resources Institute, durante su discurso titulado «Cómo prosperar y proteger a la comunidad global» en la Cuarta Conferencia sobre Medio Ambiente de Asia, en diciembre de 2016 en Singapur, “la batalla contra el cambio climático será ganada o perdida en las ciudades”. Ahora bien, para salir victoriosos de esta “batalla” será necesario el compromiso y la colaboración de los distintos agentes del territorio (públicos, privados, ciudadanía), adoptando responsabilidades y medidas específicas al respecto de manera inminente. Quizás la crisis global y multifactorial que estamos viviendo en estos momentos permita tomar conciencia y acelerar el proceso de transformación y cambio de paradigma que implica el nuevo modo de “rehacer” ciudad, prevaleciendo, en cualquier caso, la lucha contra el cambio climático, la resiliencia y la salud pública.


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