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Cataluña suspende la presentación y el pago de las autoliquidaciones de los cánones de residuos

El pago de los cánones de residuos a la Agencia de Residuos de Cataluña queda suspendido hasta que se deje sin efecto el estado de alarma

Cataluña suspende la presentación y el pago de las autoliquidaciones de los cánones de residuos
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El pasado 19 de marzo de 2020 se publicó en el DOGC el Decreto Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica.

Este Decreto Ley contiene determinadas previsiones en materia de gestión tributaria para garantizar el principio de seguridad jurídica ante la declaración del estado de alarma establecido a raíz de la situación sanitaria provocada por Covidien-19.

A estos efectos, el artículo 14 del citado Decreto Ley prevé la suspensión de los plazos de presentación de tributos en los siguientes términos:

Artículo 14

Suspensión de los plazos de presentación e ingreso de tributos

En el ámbito de aplicación de los tributos propios de la Generalidad de Cataluña y de los tributos cedidos se establece la suspensión de la presentación de autoliquidaciones y pago de dichos tributos hasta que se deje sin efecto el estado de alarma establecido en el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria provocada por Covidien-19.

De acuerdo con el citado precepto, se suspende la presentación y el pago de las autoliquidaciones de los cánones de residuos a la Agencia de Residuos de Cataluña hasta que se deje sin efecto el estado de alarma establecido en el Real Decreto 463/2020 .

En caso de que el estado de alarma finalice durante el período de presentación de la autoliquidación, este plazo se ampliará automáticamente por los días que han quedado bloqueados por el estado de alarma.


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